Los “agujeros negros” del contrato con el/la Influencer

Es indudable que los Influencers han llegado para quedarse en nuestro ámbito digital y muchas son las marcas que están contratando sus servicios directa o indirectamente mediante agencia. 

Nosotros optamos por la profesionalización del servicio y por tanto, por la intervención de una Agencia. 

En los contratos que habitualmente se firman hay aspectos que están claros, como la explotación del derecho de imagen, la cesión de derechos etc… pero es habitual encontrar ‘agujeros negros” que no se definen y que creemos que, en la práctica, son importantes para la protección de la marca: 

Estas son algunas de los aspectos a regularizar en el contrato:

  • Declaración de que los seguidores han sido obtenidos lícitamente y la posibilidad de auditarlos. 
  • El Influencer debe adecuar su conducta a un código ético y en sintonía con la filosofía de la marca con independencia de la relación puntual 
  • La Agencia debe tener las claves de acceso al contenido publicado, para asegurarnos su control.

Modelo de cláusulas habitualmente ausentes en los contratos de los influencers:

  • EL/LA INFLUENCER creará los contenidos honestamente y de buena fe. Se prohíbe expresamente transmitir cualquier mensaje que pueda ser engañoso o deshonesto y se compromete a que cualquier acción y contenido se ajuste o sea consistente con los estándares de comportamiento social aceptable y las regulaciones actuales sobre publicidad, siguiendo en todo caso la guía de INFLUENCERS de AUTOCONTROL.
  • El/la INFLUENCER mantendrá la confidencialidad del contrato indefinidamente.
  • El/la INFLUENCER garantiza el cumplimiento de las políticas de las redes sociales en las que tiene presencia, y declara que los seguidores han sido obtenidos de forma leal y sin el uso de técnicas como bots u otros no autorizadas. 
  • El/la INFLUENCER facilita el usuario/password a………………..que interviene como tercero de confianza en caso de que el influencer no pueda acceder a sus contenidos, garantizando que mientras dure la relación el tercero podrá acceder al contenido en caso de necesidad de la marca.
  • El/la INFLUENCER garantiza que no ha padecido crisis reputacionales en relación a sus contenidos.
  • El/la INFLUENCER mantendrá, al margen del presente contrato, un comportamiento ético y responsable en su proyección pública (personal y digital) de acuerdo con la proyección y filosofía de la marca.
  • El/la INFLUENCER no es portavoz de la marca y no podrá actuar como tal. 
  • El/la INFLUENCER se compromete a que sus publicaciones y demás acciones de marketing, incluidas o no en el objeto del presente ACUERDO, se alinean con la filosofía de la marca y no contendrán de forma directa o indirecta ninguna de las acciones o conductas relacionadas en la siguiente lista no exclusiva de comportamientos:
    • Apología del odio
    • Violencia de género
    • Maltrato o sufrimiento de personas
    • Discriminación por razones de raza, religión, origen social, sexo, orientación sexual, enfermedad o discapacidad tanto física como mental
    • Marginación de personas y grupos, especialmente los que tengan riesgo de exclusión social
    • Imágenes, lenguajes o actitudes obscenas
    • Sexismo
    • Política
    • Atentar contra el honor
    • Explotación infantil
    • Terrorismo, armas y violencia en general
    • Plagio o uso ilegítimo de la propiedad intelectual
    • Apuestas
    • Drogas, alcohol o tabaco
    • Alentar conductas adictivas en general ni prácticas peligrosas
    • Maltrato de animales o irrespetuosidad con el medio ambiente
    • Fraude y corrupción
    • Uso ilegítimo de datos privados
    • Desprestigio o ataque a la competencia
    • Exageración de los atributos de los productos, faltar a la verdad o información que induzca a error
  • El/la INFLUENCER garantiza que no se producirá ad fraud en campañas digitales y acepta auditorías de cumplimiento, entendiendo (ad fraud) como una generación intencional de impresiones, clicks, leads o ventas fraudulentas. 
  • El/la INFLUENCER garantiza que sus contenidos son originales, sin que supongan una copia de contenidos creados por terceros o vulneren derechos de propiedad intelectual o industrial, derechos a la Intimidad personal y familiar y a la Propia Imagen o incurran en cualquier acción de competencia desleal o publicidad comparativa no autorizada. 
  • El/la INFLUENCER garantiza que respeta en todo caso las normas de las redes sociales o medios en que se publican sus contenidos.
  • El/la INFLUENCER informará de forma inmediata a la marca de cualquier asunto que pueda afectar a la reputación online de la misma, suplantaciones o cualquier problema que hubiese detectado. 
  • El/la INFLUENCER cumplirá con la normativa de protección de datos que le sea aplicable. 

¡Que la Galaxia nos acompañe!